Una fuerte polémica entre el Gobierno y el Poder Judicial se suscitó a propósito de la excarcelación de más de 1.600 presidiarios, que han recibido libertad condicional en los últimos días.
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La ministra de Justicia, Javiera Blanco exigió al Poder Judicial una explicación sobre el criterio aplicado para conceder el beneficio.
El portavoz de la Corte Suprema, ministro Milton Juica, dijo obedeció, fundamentalmente, a la necesidad de reducir el elevado nivel de hacinamiento e inhabitabilidad de las cárceles y centros de detenciones, que registran en promedio un 60% de sobrepoblación.
Un total de 1.612 reos de todo el país han recibido hasta ahora la libertad condicional, en una decisión que ha generado preocupación tanto en el Gobierno como entre los parlamentarios y los habitantes de algunas ciudades. La cifra representa el 43% de todos quienes han solicitado la libertad condicional, que son 3.693 internos.
El beneficio lo otorga una comisión de la Corte de Apelaciones respectiva, que está conformada por un ministro de la corte y un número variable de jueces de los juzgados de Garantía y Oral en lo Penal.
Para acceder a la libertad condicional, los reos deben cumplir ciertos requisitos, como haber cumplido al menos la mitad de la condena, tener una conducta intachable al interior de la cárcel, haber aprendido un oficio y haber asistido con regularidad a las escuelas del penal.
Quienes acceden a la libertad condicional deben fijar un domicilio y quedan sujetos al control de Gendarmería. Hasta ahora, el tribunal que, por lejos, ha entregado el mayor porcentaje de beneficios es la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que acogió el 90% de las solicitudes, liberando a 788 internos, la mayoría de éstos del Centro Penitenciario de Valparaíso (430).
Le sigue la Corte de Iquique, que liberó a 105 reos de la Región de Tarapacá, lo que representa el 46% del total de internos que lo solicitaron. Mientras que la Corte de Apelaciones de Santiago otorgó la libertad condicional a un tercio (32%) de los postulantes, que fueron 568.
En cambio, las Cortes de Apelaciones de Chillán y La Serena concedieron el beneficio a un bajo porcentaje de los solicitantes: en Chillán sólo se entregó al 10% (29 de 269 internos), y en La Serena al 22% (122 de 554 reclusos).
A través de un comunicado de prensa, Gendarmería de Chile salió esta tarde al paso de la polémica en el que explicó que su responsabilidad dentro del proceso de otorgamiento de libertades provisionales se limita a «elaborar el listado de aquellas personas que cumplen con los requisitos que la ley establece para ser presentados a la Comisión de Libertad Condicional (de cada Corte de Apelaciones a lo largo del país), la que se encuentra conformada íntegramente por miembros del Poder Judicial», y que es la que «otorga o deniega el beneficio».
«En el caso particular de la Quinta Región»; la que presenta el mayor número de casos, «del total de postulantes, Gendarmería sugirió no otorgar el beneficio a 528 internos. No obstante aquello, la Comisión de Libertad Condicional (…) decidió concederles el beneficio a 788 internos, incluyendo a aquéllos que contaban con informe desfavorable por parte de Gendarmería», acusa la nota.
Ministra exige explicación
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La ministra de Justicia, Javiera Blanco, sostuvo la mañana de este lunes que el Poder Judicial tiene que explicar el cambio de criterio aplicado para conceder el beneficio de la libertad condicional que permitió aumentar de entre 5 y 10 por ciento de beneficiados a un 93 por ciento de los reos que lo solicitó.
La polémica se extiende porque en los casos conocidos recientemente en las Regiones de Valparaíso y Metropolitana aparecen beneficiados reos condenados a cadena perpetua.
«Sabemos que es una facultad de los jueces, pero también sabemos que tenemos el legítimo derecho de poder acceder a información respecto a los criterios. Llama la atención que haya delitos involucrados como presidio perpetuo, como robos calificados», planteó la secretaria de Estado.
«Está la posibilidad que estemos invitados a una comisión en el Parlamento, porque en ambas regiones el patrón se disparó. Tener mil 300 personas puestas en libertad es una cárcel que se abrió y eso es grave», agregó la ministra.
Blanco remarcó que espera reunirse con el presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, y que si estuviera aprobada la agenda corta antidelincuencia el número de presos liberados sería menor, ya que la norma exigirá el cumplimiento de al menos dos tercios de la pena para acceder a este beneficio.
El senador independiente Pedro Araya, presidente de la comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara Alta, argumentó que las cifras han crecido en exceso.
«Este sistema en que solamente las libertades condicionales las deciden miembros del Poder Judicial, jueces y ministros de corte, es un sistema que llevaba operando por lo menos tres o cuatro años en el país y no habíamos tenido este número de libertades condicionales. Si uno mira estadísticamente siempre eran entre 80 y 100 por región. No como tuvimos hoy en Valparaíso cerca de 800 y 700 en Santiago», detalló.
«Yo no quiero hablar de que hay alguna señal política de parte de los Tribunales de Justicia, por eso lo prudente y razonable es esperar la explicación que dé el presidente de la Corte Suprema de por qué se produjo este fenómeno», añadió.
Vocero de la Corte Suprema responde
El ministro de la Corte Suprema y vocero del máximo tribunal del país, Milton Juica Arancibia, se refirió hoy –lunes 2 de mayo– a la discusión pública sobre las libertades condicionales que otorga, dos veces al año, cada Corte de Apelaciones del país.
El ministro Juica recordó el origen del actual sistema y explicó que «la ley que entregó esta tuición al Poder Judicial a través comisiones especiales, fue informada por la Corte Suprema en forma desfavorable el 2011; y lo informó desfavorablemente, porque consideraba que este es un tema que genera controversia y porque en el fondo lo que requiere el país en torno al control y cumplimiento son tribunales de ejecución de la pena.
Por lo tanto, no le parecía a la Corte Suprema sustituir la funciones que tenían los seremis de Justicia en orden a resolver la cuestiones de libertad condicional, que es un cuerpo legal de muy antigua data, y que se ha aplicado en el país desde hace mucho tiempo, con la salvedad de que solo a partir del 2012-2013 pasó esa tuición a estas comisiones de libertad condicional formada por jueces de las distintas jurisdicciones del país», sostuvo.
El ministro agregó que el cambio legal se debió, fundamentalmente, a la necesidad de reducir el elevado y generalizado nivel de hacinamiento e inhabitabilidad de las cárceles y centros de detenciones, que registran en promedio un 60% de sobrepoblación.
Recordando, además, que en el análisis del Ejecutivo, la intervención de los seremis de Justicia «se ha traducido en una reducción considerable del número de condenados que finalmente acceden a este tratamiento penal especial y viene arrojando, desde largo tiempo, dudas sobre la objetividad que guía un proceso que resulta clave para propiciar un buen comportamiento intrapenitenciario y fomentar la rehabilitación e reinserción de los condenados. Esa fue la razón que generó el cambio, por lo tanto no se creía que los seremis estaban cumpliendo adecuadamente sus funciones», afirmó.
«De tal modo que no ha habido ninguna cosa extraña ni oculta en materia de esta decisión. Hoy por hoy, el sistema ha estado operando y por supuesto que llama la atención que opere en mayor medida que en épocas anteriores, porque los seremis de Justicia no otorgaban las libertades condicionales por carácter subjetivos y, por lo tanto, el Poder Judicial se hace un deber el explicar a la ciudadanía que las persona que obtienen este beneficio han sido propuestas por un órgano dependiente del Ministerio de Justicia, que ha vigilado al recluso, entendido que cumple requisitos de tiempo, estudios y trabajo; es decir, los requisitos de la ley .
En este entendido, en consecuencia, aquí no hay una segunda intención como irresponsablemente se ha tratado de señalar en algunas comunicaciones de prensa dadas por algunas autoridades de Gobierno. Simplemente se está cumpliendo lo que la ley ha señalado con la prevención que ya el Poder Judicial había dicho sobre esta materia, porque en este momento la sobrepoblación carcelaria no ha disminuido a partir de la fecha que se propuso esta modificación y porque, además, los organismos internos de Justicia no cumplieron sus cometido en su tiempo», sentenció.
«Estamos hablando de un número insignificante con relación a la población carcelaria, aquí no salió todo el mundo libre como se quisiera pensar y, por lo tanto, no ha habido un exceso en esta materia; y el sentido de esta ley es darle una oportunidad a personas que han cumplido más de la mitad de sus condenas, para que cumplan el resto de la pena en libertad», agregó el ministro vocero.
«El tema de la seguridad ciudadana es un tema que todos tenemos presentes, pero el sistema está establecido de una manera que todas las personas tienen alguna vez la oportunidad de salir en libertad, cumpliendo totalmente la pena o cumpliéndola, como dice la ley, en libertad condicional. Eso no significa que el sistema asegure que esas personas no cometan nuevamente delitos, ya sabemos las altas tasas de reincidencias en este país, pero ese no es un tema que le corresponda al Poder Judicial; si no es una política pública que debe ser manejada a otro nivel», concluyó.